Cuando un auditor no pueda expresar una opinión limpia en alguna de las siguientes circunstancias, el
efecto del asunto puede ser de importancia relativa para los estados
financieros: Hay una limitación en el alcance del trabajo del auditor; o hay un
desacuerdo con la administración respecto de la aceptabilidad de las políticas
contables seleccionadas, el método de su aplicación o la adecuación de las
revelaciones de los estados financieros.
El hecho de tener limitación en el alcance podría llevar a una
salvedad en la opinión o a una abstención de opinión. Los desacuerdos podrían
llevar a una salvedad en la opinión o a una opinión adversa.
Una limitación en el alcance puede ser impuesta a veces por la
entidad (por ejemplo, cuando los términos del trabajo especifican que el
auditor no llevará a cabo un procedimiento de Auditoría que el auditor cree que
es necesario). Sin embargo, cuando la limitación en los términos de un trabajo
propuesto es tal que el auditor cree que existe la necesidad de expresar una
abstención de opinión, el auditor ordinariamente no aceptaría dicho trabajo
limitado como un trabajo de Auditoría, a menos que se requiera por reglamentos
existentes. También un auditor por reglamentos existentes no debería aceptar
dicho trabajo de Auditoría cuando la limitación infringe los deberes
reglamentarios del auditor.
Una limitación de alcance puede ser impuesta por las
circunstancias (por ejemplo, cuando el momento del nombramiento del auditor es
tal que el auditor no puede observar el conteo de inventarios físicos). También
puede surgir cuando, según opinión del auditor, los registros contables de la
entidad son inadecuados o cuando el auditor no puede realizar un procedimiento
de Auditoría que se cree que es deseable. En estas circunstancias, el auditor
debería intentar llevar a cabo procedimientos alternativos razonables para
obtener suficiente evidencia apropiada de Auditoría para sustentar una opinión
limpia.
Cuando hay una limitación en el alcance del trabajo del auditor
que requiera la expresión de una opinión con salvedad o de una abstención de
opinión, el dictamen del auditor debería describir la limitación e indicar los
posibles ajustes a los estados financieros que podrían haber sido determinados
como necesarios si no hubiese existido la limitación.
(a) Opinión calificada (opinión con salvedades)
Debería expresarse cuando el auditor concluye que no puede
expresarse una opinión limpia pero que el efecto de cualquier desacuerdo con la
administración, o limitación en el alcance no es tan importante como para requerir una opinión adversa o una abstención de opinión. Una opinión
con salvedades debería expresarse como “excepto por” los efectos del asunto al
que se refiere la calificación.
(b) Abstención de opinión
El auditor emitirá este tipo de dictámenes en aquellos en que no
practicó el examen con el alcance suficiente que le haya permitido formarse una
opinión sobre la razonabilidad de los estados financieros examinados. En el dictamen con abstención de opinión, se debe omitir el
párrafo del alcance, porque el auditor por determinadas limitaciones al alcance
de su examen, no estuvo en condiciones de aplicar los procedimientos de
auditoria. Esta omisión se justifica para evitar una confusión con la opinión
adversa.
Debería expresarse cuando el posible efecto de una limitación en
el alcance es tan importante y omnipresente que el auditor no ha podido obtener
suficiente evidencia apropiada de Auditoría y consecuentemente no puede
expresar una opinión sobre los estados financieros.
(c) Opinión adversa
Debería expresarse cuando el efecto de un desacuerdo es tan
importante y omnipresente para los estados financieros que el auditor concluye
que una salvedad al dictamen no es adecuada para revelar la naturaleza equívoca
o incompleta de los estados financieros.
Cada vez que el auditor expresa una opinión que es distinta de
la limpia, debería incluirse en el dictamen una descripción clara de todas las
razones sustantivas y, a menos que no sea factible, una cuantificación del
(los) posible(s) efecto(s) sobre los estados financieros. Ordinariamente, esta
información se expondría en un párrafo separado precediendo a la opinión o
abstención de opinión y puede incluir una referencia a una discusión más
extensa, si la hay, en una nota a los estados financieros.
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